Certificado de Segunda Ocupación

La licencia de segunda ocupación es un documento esencial para cualquier vivienda. Certifica que cumple con las condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad y salud. Es necesaria para realizar trámites como dar de alta los suministros o vender la propiedad. Se solicita en viviendas de segunda mano, tras cambios de titularidad o cada cierto tiempo. Para obtenerla, se debe presentar documentación y superar una inspección técnica. No contar con esta licencia puede acarrear problemas legales y dificultar la venta o el alquiler de la vivienda.

Para solicitarlo, necesitas datos del inmueble y del propietario. El coste es de 100€.

Trámite rápido y seguro. 
Sencillos formularios de solicitud.

Solicitud de Certificado de Segunda Ocupación

¿Qué debes saber de la licencia de segunda ocupación?

Se expide para cualquier inmueble sin cédula de habitabilidad, ya construido y consolidado, que cumple la Ley de Habitabilidad y que necesite ser vendido, alquilado, sea candidato a subvenciones por rehabilitación energética, o incluso, en casos más extremos, sea objeto de dación en pago o necesite dar de alta servicios como agua, gas o electricidad. También se expide como renovación de una licencia de primera ocupación caducada, o una licencia de segunda ocupación caducada.

Validez o duración de la licencia de segunda ocupación

La duración de la validez de estas autorizaciones varía. Será de diez años para cédulas de nuevas viviendas o licencias de segunda ocupación concedidas antes del año 2004. Si se otorgaron entre 2005 y 2012, la duración será de quince años. Para trámites aprobados a partir de 2013, la vigencia será de veinticinco años en viviendas nuevas de primera ocupación y de quince años en licencias de segunda ocupación.

Una vez transcurrido este periodo, se debe renovar la licencia si se desea continuar con los beneficios y garantías que ésta proporciona, especialmente en relación con los suministros de agua, gas o electricidad y en casos de transmisión de la propiedad del inmueble.

Requisitos fundamentales para la licencia de segunda ocupación

  • Tipo de vivienda: La vivienda ya preexistente debe disponer de una escritura en la que conste precisamente como vivienda y no con cualquier otra nominación inmobiliaria. Es decir, no puede ser un garaje, una construcción rural o similar.
  • Composición de la Vivienda: La vivienda debe contar al menos con una sala, un baño, un equipo de cocina.
  • Construcción: La vivienda debe ser sólida, estanca a las lluvias, no debe inundarse y debe tener un suelo adecuado.
  • Superficie útil interior: La superficie útil interior de la vivienda debe ser superior a 20 metros cuadrados. Sin embargo, en el caso de viviendas construidas antes del 1 de febrero de 1984, se admitirán, con carácter excepcional, viviendas de entre 10 y 20 metros cuadrados.
  • Distribución y equipamiento: Se tendrá en cuenta la distribución del espacio y del equipo, como las instalaciones de agua fría y caliente o el sistema de evacuación de líquidos residuales.

El técnico certificador registra el certificado energético

El registro del certificado energético puede realizarlo el técnico certificador como representante del propietario del inmueble.

Es recomendable que sea el técnico certificador que ha realizado el certificado energético, quien se encargue además de su registro. A veces el proceso de registro puede ser pesado y complicado para quién no está familiarizado con los términos de la certificación energética.

El registro emite la etiqueta de eficiencia energética

Una vez registrado el certificado energético se obtiene la etiqueta energética. La etiqueta energética resume el contenido del certificado energético de una manera gráfica y fácil de entender.

La etiqueta energética contiene los datos generales del inmueble en su parte superior. La normativa de construcción vigente en el momento de la construcción del edificio.

  • Referencia Catastral.
  • Tipo de edificio: edificio de viviendas, vivienda unifamiliar, local etc.
  • Ubicación: dirección, municipio y comunidad autónoma del inmueble.


La etiqueta energética indica a través de una escala de colores la calificación energética. Los inmuebles se califican de la A, inmuebles más eficientes, a la G, inmuebles menos eficientes.

  • La calificación se mide en dos valores:
    Consumo de energía, expresado en kWh/m2año: Determina la energía primaria que consume un inmueble para alcanzar los niveles estándar de confort.
  • Emisiones de CO2, expresado en kgCO2/m2año: Mide las emisiones de CO2 anuales que se pueden verter a la atmósfera con el uso del inmueble.

En la parte baja de la etiqueta se indica el número de registro y la fecha de validez de la etiqueta energética. El número de registro lo emite el registro competente de cada Comunidad Autónoma, y es imprescindible para que la etiqueta tenga validez.

La fecha de validez de la etiqueta es diez años desde la fecha de emisión del certificado de eficiencia energética, excepto cuando la calificación energética sea una G, en cuyo caso la validez máxima es de 5 años.

Cuando hay que solicitar la licencia de segunda ocupación

  • Cuando hayan transcurrido al menos diez años desde la obtención de la primera.
  • Si se produce una transmisión en la propiedad del inmueble.
  • Cuando haya un cambio de domicilio o adquisición de nueva vivienda.
  • Al cambiar de proveedor en alguno de los suministros de agua, gas o electricidad, será necesario solicitar la licencia de segunda ocupación.

¿Qué datos necesitamos que nos envíes?

  • Localización del Inmueble:
    • Provincia
    • Municipio
    • Referencia catastral
  • Datos del Inmueble:
    • Imágenes del interior de la vivienda y documentación adicional que puedas aportar como la Nota simple, el documento de la referencia catastral, etc.
  • Datos de las placas solares:
    • Características técnicas y específicas de las placas instalada en la vivienda
  • Datos del propietario:
    • Nombre completo
    • DNI/NIE
    • Foto del DNI/NIE
  • Datos de facturación:
    • Nombre y apellidos del titular de la factura eléctrica
    • NIF/CIF
    • Dirección, Provincia y Municipio

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