¿Cuántas instalaciones cerraste este mes sin pedir el segundo certificado?
RDL 19/2021 · disposición adicional 50ª Ley IRPF · deducción 20/40/60% vigente hasta el 31/12/2026CEE previo y posterior a la instalación: el dato que tu cliente necesita para justificar la deducción fiscal del 20/40/60% en el IRPF y, en algunas convocatorias, para acceder a ayudas de autoconsumo. Gestiónalo como parte de tu propio proceso de venta.
Cuando instalas placas solares, tu cliente puede acceder a una deducción fiscal en el IRPF de hasta el 60% del coste, según el ahorro energético conseguido. Para demostrar ese ahorro ante Hacienda hace falta comparar el certificado energético de la vivienda antes y después de la instalación.
Sin ese CEE previo y posterior, tu cliente no puede justificar la deducción, y en algunas convocatorias de ayudas de autoconsumo, tampoco puede acceder a la subvención. Si no se lo ofreces tú como parte del proceso, lo descubre solo cuando ya instalaste, y entonces vuelve a ti pidiendo explicaciones que no tienes.
«Instalamos, cerramos, cobramos. Tres meses después el cliente nos llama preguntando por un certificado "de antes" que ya no se puede hacer porque no lo pedimos a tiempo. Perdimos el argumento de venta y quedamos como los que no avisaron.»
Dos certificados por cada instalación: uno antes de montar las placas (el punto de partida) y otro después (el salto de calificación conseguido). Ese salto es literalmente la prueba que exige Hacienda para la deducción. Lo integramos en tu proceso comercial, sin que tengas que convertirte en gestor administrativo.
Nos pasas el contacto del cliente y la fecha prevista de instalación. Sin formularios largos ni gestión extra para ti.
Contactamos directamente con tu cliente para agendar la visita del técnico colegiado antes del inicio de la obra; el punto de partida queda registrado.
Tras la instalación, registramos el salto de calificación conseguido, listo para que tu cliente justifique la deducción ante Hacienda.
El CEE previo se tramita en paralelo a la contratación, sin bloquear tu calendario de instalación.
Arquitectos e ingenieros habilitados firman y registran cada certificado (el previo y el posterior) ante la Comunidad Autónoma correspondiente.
El salto de calificación entre ambos certificados queda registrado oficialmente, listo para adjuntar a la declaración de la renta del cliente.
Dos certificados coordinados como parte de tu proceso comercial, no como un trámite que tu cliente descubre después, solo.
Dos certificados, un único interlocutor técnico, coordinación directa con tu cliente, sin que tú gestiones el trámite.
Añade el CEE previo+posterior a tu oferta →Te contactamos en [Completar] horas laborables para activar tu cuenta de instaladora con Rasa.
Te contactamos en breve para coordinar el CEE previo+posterior de tu próxima instalación.
Con esta información seremos capaces de comenzar el proceso para solicitar el Certificado de Segunda Ocupación en la mayor brevedad posible.
Rellénala y nos pondremos en contacto contigo para dar los siguientes pasos.
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